Titulaciones
CAPITULO Xl. DEL SERVICIO SOCIAL.
Art. 105. El Servicio Social es de carácter obligatorio.
Art. 106. El Servicio Social será prestado en el lugar que determinen las autoridades correspondientes.
Art. 107. El Servicio Social tendrá una duración mínima de 480 horas efectivas durante un período de seis meses.
Art. 108. Para realizar el Servicio Social se requiere haber cubierto al menos el 70% de los cursos que contempla el Plan de Estudios.
Art. 109. Es requisito indispensable haber cumplido con el Servicio Social para acceder a cualquiera de las opciones de obtención del grado de Licenciatura.
Art. 110. El registro oficial de la prestación del Servicio Social quedará validado por medio del formato correspondiente emitido por la Universidad América Latina, donde se especifica la duración y el lugar en donde el estudiante realice su Servicio Social.
Art. 111.El prestador de servicio presentará un Informe Mensual de sus actividades a la Universidad América Latina debidamente sellado y firmado por el responsable de la dependencia en donde se preste su Servicio Social.
Art. 112. Al término del Servicio Social el prestador presentará un Informe Final a la Universidad América Latina.
Art. 113. El Servicio Social brindará al estudiante la oportunidad de contribuir con programas de interés social.
Art. 114. La Universidad América Latina podrá verificar la autenticidad, duración y continuidad de los servicios prestados.
CAPITULO XII. DE LA TITULACION.
Art. 115.Las opciones para obtener el grado de Licenciatura son:
- Mediante la aplicación de un Examen General de Conocimientos.
- A través de la elaboración y aprobación de la Tesis Tradicional de grado.
- Por medio de la elaboración de un Informe de Experiencia Profesional.
- Aprobar el examen CENEVAL y presentar el comprobante.
Art.116. Para obtener otros grados:
- La Especialización requiere de la elaboración y presentación de una tesina.
- El grado de Maestro requiere de la presentación de un producto final que puede ser una tesis o un texto.
- El grado de Doctor requiere la presentación de una tesis.
Art. 117. Requisitos para solicitar el examen Recepcional del nivel Superior:
- No tener adeudos con la institución.
- Tener el Servicio Social debidamente acreditado ante la Vicerrectoría y el Programa Nacional de Apoyo al Servicio Social (PRONASS).
- Contar con el Certificado Total de Estudios de Licenciatura autenticado por la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ).
- Tener debidamente revisado, aprobado e impreso el Trabajo de recepción profesional y un Resumen del mismo por el Asesor, la Jefatura de Carrera y la Dirección Académica.
Art. 118. Procedimiento para tramitar el Certificado de Estudios:
- Este trámite se llevará a cabo siempre y cuando el alumno haya acreditado íntegramente el Plan de Estudios de su Licenciatura y requiere la entrega de cuatro fotografías de estudio en tamaño credencial, recientes, en blanco y negro, ovaladas, de frente.
- Recibo del pago de derechos correspondiente.
Art. 119. Todo examen profesional se llevará acabo, sin excepción, en la Rectoría de la Universidad América Latina.
Art. 120.El jurado del Examen Profesional será designado por el Vicerrector a propuesta del Director Académico, con la aprobación del Rector.
Art. 121.El Jurado estará integrado por:
- Un Presidente.
- Un Secretario.
- Un Vocal.
- Un Suplente.
Art. 122. Los posibles resultados del examen profesional serán:
- Mención Honorífica.
- Aprobado por Unanimidad.
- Aprobado por Mayoría
- Suspendido.
Art. 123. El Asesor de Tesis podrá formar parte del jurado.